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  • Descripción es exacto "Dispone el reempadronamiento general ante el SENASA de todas las embarcaciones pesqueras fresqueras artesanales, de rada o ría, costeros, de media altura o de altura que operen en mares, aguas interiores y puertos argentinos."
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Resolución SENASA N° 0122/2006

Martes 7 de Marzo de 2006
Res 122-2006.pdf
  • Digesto
    LIBRO TERCERO: REGLAMENTACIÓN AGROALIMENTARIA, Parte Primera - Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, Título Cuarto - Inocuidad de productos de origen animal, Capítulo III - Animales acuáticos (inocuidad), Sección 1° - Establecimientos de productos de la pesca y acuicultura

Fuente
Resolución SENASA N° 0122/2006
Tipo
Resolución