Descripción es exacto "Establece la obligatoriedad de vacunación, con vacuna registrada ante SENASA, contra la Encefalomielitis Equina Este y Oeste, durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria, para todos los equidos desde los dos (2) meses de vida."
LIBRO TERCERO: REGLAMENTACIÓN AGROALIMENTARIA, Parte Tercera - Sanidad Animal, Titulo segundo - Luchas Sanitarias, Capítulo II – Programas de Prevención, Control y Erradicación de enfermedades animales, Sección 4° - Equinos (Programas de Prevención, Control y Erradicación), LIBRO TERCERO: REGLAMENTACIÓN AGROALIMENTARIA, Parte Tercera - Sanidad Animal, Título tercero – Epidemiología, Capítulo IV – Contingencia y Emergencia Sanitaria