Resumen es exacto "Autoriza la importación, producción y el uso de la vacuna Rev 1, en las condiciones que determinen la Dirección Nacional de Sanidad Animal y la Dirección de Laboratorios y Control Técnico."
LIBRO TERCERO: REGLAMENTACIÓN AGROALIMENTARIA, Parte Tercera - Sanidad Animal, Titulo segundo - Luchas Sanitarias, Capítulo II – Programas de Prevención, Control y Erradicación de enfermedades animales, Sección 1° - Identificación Animal, Subsección 1 – Brucelosis Bovina, Apartado 1 – Planes de Control y Erradicación de la Brucelosis, Apartado 6 – Vacunación, Parte Quinta - Laboratorios y control técnico, Título Tercero - Laboratorio animal, Capítulo III - Laboratorio de bacteriología y virología- Vacunas, Sección 1° - Bacteriología (vacunas)