Resumen es exacto "Se aprueba el “Sistema de Control de Aptitud de Carga de Bodegas de Buques y Barcazas para exportación de granos, sus productos y subproductos”.
El citado “Sistema de Control”, se debe aplicar en forma obligatoria a todas las bodegas de buques y barcazas destinados a la carga de granos, sus productos y subproductos con destino a exportación, que requieran intervención oficial de la carga por parte del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.
Se aprueba la “Reglamentación de las Entidades Certificadoras del Sistema de Control de Aptitud de Carga de Bodegas de Buques y Barcazas para exportación de granos, sus productos y subproductos, para el Comercio Internacional”."
LIBRO TERCERO: REGLAMENTACIÓN AGROALIMENTARIA, Parte Primera - Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, Título Primero - Calidad Agroalimentaria, Capítulo II - Cereales oleaginosos, legumbres y subproductos, Sección 7° - Exportación de granos- Generalidades, Parte Segunda - Protección Vegetal, Título Quinto - Certificación Fitosanitaria (protección vegetal), Capítulo I - General (certificación fitosanitaria)