Resumen es exacto "Se autoriza el uso de los principios activos y se establecen sus limites maximos de residuos segun el detalle que, como anexo, forma parte de la presente resolucion, para los cultivos de acelga, perejil, lechuga, rucula, repollito de bruselas, achicoria, espinaca, frutilla, radicheta, berro, coliflor, escarola, albahaca, cilantro, salvia, romero, tomillo, oregano, eneldo y brocoli. "
LIBRO TERCERO: REGLAMENTACIÓN AGROALIMENTARIA, Parte Cuarta - Agroquímicos y biológicos, productos farmacológicos, veterinarios y alimento para animales, aprobación e inscripción de productos alimenticios, Título Primero – Agroquímicos y biológicos, Capítulo II – Inscripción de Agroquímicos - Registro Nacional de Terapéutica Vegetal, Sección 6° - Límite máximo de residuo (LMR)