Resumen es exacto "Se establecen técnicas de insesibilización en faena de animales. Se derogan las Leyes N° 16.888 y 18.050. El sacrificio de los animales de las especies bovina, equina, ovina, porcina y caprina, que se faenen en los mataderos o frigoríficos del país deberá ajustarse a los requisitos y procedimientos de insensibilización que establezca el Poder Ejecutivo. Queda prohibido el uso de la maza. Se podrá extender al sacrificio de las aves, conejos y otras especies menores."
LIBRO SEGUNDO: LEGISLACIÓN NACIONAL, Parte Tercera - Legislación Agroalimentaria, Título Primero - Alimentos (legislación agroalimentaria), Capítulo II – Alimentos de origen animal- Productos, subproductos y derivados de origen animal, Sección 1° - Faena