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  • Resumen es exacto "Se modifica el artículo 1°, inciso b) del artículo 5° y inciso a) del articulo 6° de la ley 17259. En todo el territorio nacional, la sal para uso alimentario humano o para uso alimentario animal, deberá ser enriquecida con yodo en la proporción, forma y dentro de los plazas que determine la reglamentación respectiva."
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