Resolución SENASA N° 0138/2002
- Digesto
- LIBRO TERCERO: REGLAMENTACIÓN AGROALIMENTARIA, Parte Quinta - Laboratorios y control técnico, Título Primero - Gestión de laboratorio, Capítulo III - Gestión de la calidad, Capítulo IV - Red Nacional de Laboratorios, Título Tercero - Laboratorio animal, Capítulo V – Residuos de químicos, contaminantes y medicamentos veterinarios
- Fecha
- Viernes 25 de Enero de 2002
Metadatos destacados
- Fuente
- Resolución 0138/2002
Dublin Core
- Fecha
- Viernes 25 de Enero de 2002
- Idioma
- Es
- Fecha disponibles
- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
- Fecha de difusión
- Publicada en el Boletín Oficial del 12-mar-2002 Número: 29856 Página: 7
- Incluye
- Incluye Anexo I, II, III, IV y V
- Es referenciado por
- Disposición 125/2006 – Dirección de Laboratorios y Control Técnico
- Es reemplazado por
- Disposición 6/2004 - Dirección de Laboratorios y Control Técnico
Art. 2: Sustituye la "Nota" del ítem 6.1.22 "Límite de Cuantificación" del Anexo IV Requerimientos para la Validación Interna de Métodos Analíticos y Presentación de Informes de Validación.
Art. 3: Sustituye el subitem "A" del Apartado "Mínimo Nivel Cuantificable (MNC)" del ítem 6.4.2.6 "Determinación de Mínimo Nivel Detectable (MND) y Mínimo Nivel Cuantificable (MNC)", del Anexo IV Requerimientos para la Validación Interna de Métodos Analíticos y Presentación de Informes de Validación.
Art. 4: Sustituye el ítem 7 "Registro y Archivo" del Anexo IV Requerimientos para la Validación Interna de Métodos Analíticos y Presentación de Informes de Validación.
Art. 5: Incorpora el "ítem 6.4.3" "Cálculo de Incertidumbre, Evaluación de la Robustez y Cálculo de CCµ (CCalfa) y CCb (CCbeta)" en el Anexo IV Requerimientos para la Validación Interna de Métodos Analíticos y Presentación de Informes de Validación.
Art. 6: Sustituye el subítem "6.3.3" "Informar la incertidumbre del ítem 6.3 "Protocolos de Análisis", del Anexo V Informe de Resultados.
Art. 7: Sustituye el ítem 7 "Registro y Archivo" del Anexo V "Informes de Resultados".- Disposición 1/2002 - Laboratorios y Control Técnico del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Art. 2: Sustituye el punto 6.6.4 del Anexo III por el Anexo I que forma parte de la presente disposición.
Art. 3: Sustituye el Cuadro del punto 6.7.2 del Anexo III por el cuadro que figura en el Anexo II de la presente disposición.
Art. 4: Sustituye los Anexos II y III del Anexo III, por los Anexos III y IV, respectivamente, de la presente disposición.
Art. 5: Sustituye el punto 6.3 del Anexo IV, por el Anexo V que forma parte de la presente disposición.- Resolución 1446/2024 - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
- Reemplaza a
- Art. 11: Derógase la Directiva Nº 1/2001 a partir del 1º de diciembre de 2001 y las Directivas Nros. 1, 2 y 3 de 1999 a partir del 31 de diciembre de 2001.
Normativa Item Type Metadata
- Digesto
- LIBRO TERCERO: REGLAMENTACIÓN AGROALIMENTARIA, Parte Quinta - Laboratorios y control técnico, Título Primero - Gestión de laboratorio, Capítulo III - Gestión de la calidad, Capítulo IV - Red Nacional de Laboratorios, Título Tercero - Laboratorio animal, Capítulo V – Residuos de químicos, contaminantes y medicamentos veterinarios
Citación
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, “Resolución SENASA N° 0138/2002,” consulta 18 de enero de 2025, https://digesto.senasa.gob.ar/items/show/222.