Resolución SAGPyA N° 0031/2005

Autor
Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
  • Digesto
    LIBRO TERCERO: REGLAMENTACIÓN AGROALIMENTARIA, Parte Cuarta - Agroquímicos y biológicos, productos farmacológicos, veterinarios y alimento para animales, aprobación e inscripción de productos alimenticios, Titulo Segundo - Productos farmacológicos, veterinarios y alimentos para animales, Capítulo I – Productos Veterinarios, Sección 4° - Requisitos generales para el registro de productos, Subsección 4 – Prohibiciones y limitaciones de uso (productos veterinarios)

Fecha
Lunes 7 de Febrero de 2005
Tipo
Resolución

Metadatos destacados

Dublin Core
Fecha
Lunes 7 de Febrero de 2005
Idioma
Es
Tipo
Resolución
Resumen
Se prohíbe la importación, fabricación, comercialización, uso y tenencia de hexestrol y de dinestrol, sus sales y sus ésteres, y de cualquier producto de uso veterinario que los contenga en su formulación.
Fecha disponibles
La prohibición dispuesta en el artículo precedente regirá a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial.
Fecha de difusión
Publicada en el Boletín Oficial del 10-feb-2005    Número: 30589    Página: 10

Normativa Item Type Metadata
Digesto
LIBRO TERCERO: REGLAMENTACIÓN AGROALIMENTARIA, Parte Cuarta - Agroquímicos y biológicos, productos farmacológicos, veterinarios y alimento para animales, aprobación e inscripción de productos alimenticios, Titulo Segundo - Productos farmacológicos, veterinarios y alimentos para animales, Capítulo I – Productos Veterinarios, Sección 4° - Requisitos generales para el registro de productos, Subsección 4 – Prohibiciones y limitaciones de uso (productos veterinarios)
Archivo Tamaño
Res 031-2005.PDF
29.37 kB
Citación
Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, “Resolución SAGPyA N° 0031/2005,” consulta 4 de septiembre de 2026, https://digesto.senasa.gob.ar/items/show/293.