Resolución SENASA N° 0122/2006

Autor
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
  • Digesto
    LIBRO TERCERO: REGLAMENTACIÓN AGROALIMENTARIA, Parte Primera - Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, Título Cuarto - Inocuidad de productos de origen animal, Capítulo III - Animales acuáticos (inocuidad), Sección 1° - Establecimientos de productos de la pesca y acuicultura

Fecha
Martes 7 de Marzo de 2006
Tipo
Resolución

Metadatos destacados

Dublin Core
Fecha
Martes 7 de Marzo de 2006
Idioma
Es
Tipo
Resolución
Resumen
Dispone el reempadronamiento general ante el SENASA de todas las embarcaciones pesqueras fresqueras artesanales, de rada o ría, costeros, de media altura o de altura que operen en mares, aguas interiores y puertos argentinos.
Fecha disponibles
Otórgase un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos a partir de la publicación de la presente resolución, para la realización del reempadronamiento general de embarcaciones fresqueras.
Fecha de difusión
Publicada en el Boletín Oficial del 09-mar-2006    Número: 30862    Página: 12
Incluye
Incluye Anexo I y II
Reemplaza a
  • Art. 4: Sustitúyese la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante de la Resolución Nº 240/1991 del ex- Servicio Nacional de Sanidad Animal

Normativa Item Type Metadata
Digesto
LIBRO TERCERO: REGLAMENTACIÓN AGROALIMENTARIA, Parte Primera - Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, Título Cuarto - Inocuidad de productos de origen animal, Capítulo III - Animales acuáticos (inocuidad), Sección 1° - Establecimientos de productos de la pesca y acuicultura
Archivo Tamaño
Res 122-2006.pdf
1.39 MB
Citación
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, “Resolución SENASA N° 0122/2006,” consulta 13 de enero de 2026, https://digesto.senasa.gob.ar/items/show/429.