Resolución SENASA N° 0245/2021

Autor
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
  • Digesto
    LIBRO TERCERO: REGLAMENTACIÓN AGROALIMENTARIA, Parte Cuarta - Agroquímicos y biológicos, productos farmacológicos, veterinarios y alimento para animales, aprobación e inscripción de productos alimenticios, Título Primero – Agroquímicos y biológicos, Capítulo II – Inscripción de Agroquímicos - Registro Nacional de Terapéutica Vegetal, Sección 2° - Productos que se usan y comercializan en el Territorio Nacional, Sección 4° - Etiquetado (agroquímicos)

Fecha
Miércoles 12 de Mayo de 2021
Tipo
Resolución

Metadatos destacados

Dublin Core
Fecha
Miércoles 12 de Mayo de 2021
Idioma
Es
Tipo
Resolución
Resumen
Se aprueba el Protocolo para la comercialización de sustancias activas y productos fitosanitarios en todo el Territorio Nacional, conforme lo establecido en la presente resolución.
Fecha disponibles
 La presente resolución entra en vigencia a los SESENTA (60) días corridos de su publicación en el Boletín Oficial.
Fecha de difusión
Publicada en el Boletín Oficial del 14-may-2021    Número: 34656    Página: 43
Reemplaza a
  • Art. 20: Se abroga la Disposición Nº 11/1985 del ex-Servicio Nacional de Sanidad Vegetal.
Cobertura temporal
A los fines del mejor cumplimiento del presente marco normativo, se establece que los productos fitosanitarios ya registrados, como los que a futuro se inscriban en el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal, cuentan con un plazo máximo de TRES (3) años desde la firma la presente resolución, para incorporar al expediente el Certificado de Homologación del Prototipo de Envase
Política de acumulación
Se incorpora la presente resolución al Libro Tercero, Parte Cuarta, Título I, Capítulo II, Secciones 2ª y 4ª del Índice Temático del Digesto Normativo del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Normativa Item Type Metadata
Digesto
LIBRO TERCERO: REGLAMENTACIÓN AGROALIMENTARIA, Parte Cuarta - Agroquímicos y biológicos, productos farmacológicos, veterinarios y alimento para animales, aprobación e inscripción de productos alimenticios, Título Primero – Agroquímicos y biológicos, Capítulo II – Inscripción de Agroquímicos - Registro Nacional de Terapéutica Vegetal, Sección 2° - Productos que se usan y comercializan en el Territorio Nacional, Sección 4° - Etiquetado (agroquímicos)
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Res 245-2021.pdf
195.26 kB
Citación
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, “Resolución SENASA N° 0245/2021,” consulta 15 de enero de 2025, https://digesto.senasa.gob.ar/items/show/569.