Resolución SENASA N° 0517/2015

Autor
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
  • Digesto
    LIBRO TERCERO: REGLAMENTACIÓN AGROALIMENTARIA, Parte Primera - Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, Título Primero - Calidad Agroalimentaria, Capítulo II - Cereales oleaginosos, legumbres y subproductos

Fecha
Martes 27 de Octubre de 2015
Tipo
Resolución

Metadatos destacados

Dublin Core
Fecha
Martes 27 de Octubre de 2015
Idioma
Es
Tipo
Resolución
Resumen
Se implementa el Sistema de control de calidad de maíz pisingallo con destino a exportación, cuya autoridad de aplicación es la Dirección de Calidad Agroalimentaria dependiente de la Dirrección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria del SENASA
Fecha disponibles
La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Se establece un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos, contados a partir de su publicación, para que las plantas procesadoras y/o de almacenamiento y las firmas exportadoras adecuen su funcionamiento al Sistema de control de calidad de maíz pisingallo con destino a exportación regulado en la presente resolución.
Fecha de difusión
Publicada en el Boletín Oficial del 02-nov-2015 Número: 33247 Página: 41
Incluye
Incluye Anexo
Política de acumulación
La presente resolución se incorporan al Libro III, Parte Primera, Título I Calidad Agroalimentaria, Capítulo II del Digesto Normativo del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Normativa Item Type Metadata
Digesto
LIBRO TERCERO: REGLAMENTACIÓN AGROALIMENTARIA, Parte Primera - Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, Título Primero - Calidad Agroalimentaria, Capítulo II - Cereales oleaginosos, legumbres y subproductos
Archivo Tamaño
Res 517-2015.PDF
271.48 kB
Citación
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, “Resolución SENASA N° 0517/2015,” consulta 15 de enero de 2025, https://digesto.senasa.gob.ar/items/show/632.