Decreto-Ley N° 3489/1958

  • Digesto
    LIBRO SEGUNDO: LEGISLACIÓN NACIONAL, Parte Tercera - Legislación Agroalimentaria, Título Quinto - Agroquímicos, Fertilizantes y Enmiendas- Productos biológicos, Capítulo II - Fertilizantes, enmiendas y productos químicos y biológicos

Fecha
Lunes 24 de marzo de 1958
Tipo
Decreto-Ley

Metadatos destacados

Dublin Core
Fecha
Lunes 24 de marzo de 1958
Idioma
Es
Tipo
Decreto-Ley
Resumen
La venta en todo el territorio de la Nación de productos químicos o biológicos, destinados al tratamiento y destrucción de los enemigos animales y vegetales de las plantas cultivadas o útiles, así como de los coadyuvantes de tales productos, queda sometida el contralor del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Fecha de difusión
Publicada en el Boletín Oficial del 08-may-1958 Número: 18640 Página: 7
Método de acumulación
Libro Segundo
Parte Tercera Legislación Agroalimentaria
Título V Agroquímicos, Fertilintes y Enmiendas; productos biológicos
Capítulo II Fertilizantes, enmiendas y productos químicos y biológicos

Normativa Item Type Metadata
Digesto
LIBRO SEGUNDO: LEGISLACIÓN NACIONAL, Parte Tercera - Legislación Agroalimentaria, Título Quinto - Agroquímicos, Fertilizantes y Enmiendas- Productos biológicos, Capítulo II - Fertilizantes, enmiendas y productos químicos y biológicos
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DL 1958 03489.pdf
13.05 kB
Citación
“Decreto-Ley N° 3489/1958,” consulta 7 de febrero de 2026, https://digesto.senasa.gob.ar/items/show/738.